BOPV nº 44 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2016, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se reconoce a Aprendiza Consultores, S.L., como entidad reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados.

N.º exp./Asunto: SEG/0002/2016. ANTECEDENTES DE HECHO Ofyde Formación, S.L. se encuentra registrada en el Registro Especial de Entidades Reconocidas para la Formación de Profesionales Autorizados, con el número de registro: R.E.F.P.A. n.º A-0102. En fecha de 21 de noviembre de 2015, tiene entrada, en la Delegación en Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, escrito en el que se informa del cambio de denominación sufrido por la entidad reconocida para la formación Ofyde Formación, S.L. que a partir del 22 de julio de 2015 ha pasado a denominarse Aprendiza Consultores, S.L. En dicha comunicación manifiesta que la entidad mantiene tanto el número de NIF que tenía como todos los requisitos de equipo docente, planes formativos y locales en virtud de los cuales fue autorizada como entidad reconocida para la formación. Teniendo en cuenta la documentación presentada, la Delegación Territorial del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad en Gipuzkoa, emitió, con fecha 27 de enero de 2016, informe favorable a la toma en consideración del cambio de denominación social y consiguiente reconocimiento de Aprendiza Consultores, S.L. como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados. En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El director de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. La tramitación del expediente por el que se autorizó a Ofyde Formación, S.L. se realizó conforme con lo establecido en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, quedando acreditado en el mismo, entre otros extremos, que disponía de las instalaciones exigidas en el artículo 22, así como que los contenidos de los cursos y los recursos tanto humanos como técnicos que poseía, cumplían los requisitos que, con carácter de mínimos se exigen en el artículo 25 del citado Decreto. Las autorizaciones como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados, que se regulan en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, se conceden en función de las materias formativas y del cumplimiento de unos requisitos objetivos, y no en función de la denominación del sujeto que las solicita, por lo que un mero cambio en la denominación de la entidad reconocida no afecta a la vigencia y validez de las mismas si los requisitos se siguen cumpliendo. Sin embargo el principio de seguridad jurídica hace imprescindible que dicho cambio de denominación sea incorporado al

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