BOPV nº 43 · · Seguridad
RESOLUCIÓN 9/2016, de 25 de febrero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan de emergencia exterior de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) para la instalación de almacenamiento de Zierbena (en el puerto de Bilbao).
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 23 de febrero de 2016, el Acuerdo por el que se aprueba el Plan de emergencia exterior de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) para la instalación de almacenamiento de Zierbena (en el puerto de Bilbao), y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueba el Plan de emergencia exterior de la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) para la instalación de almacenamiento de Zierbena (en el puerto de Bilbao), que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 2016. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, SANTIAGO LARRAZABAL BASAÑEZ. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 9/2016, DE 25 DE FEBRERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE EMERGENCIA EXTERIOR DE LA COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS (CLH) PARA LA INSTALACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE ZIERBENA (EN EL PUERTO DE BILBAO) La presente Propuesta de Acuerdo tiene por objeto someter a la aprobación del Consejo de Gobierno el Plan de Emergencia Exterior (en adelante, PEE) al que se hace referencia en el encabezamiento. Asimismo, la aprobación de dicho Plan va a suponer la modificación del PEE del Área Industrial de la zona de Santurtzi, Zierbena y Puerto Autónomo de Bilbao, integrado a su vez por cada uno de los PEE de las diferentes empresas que operan en esa zona y que se hallan obligadas a disponer de un Plan de este tipo. La normativa básica estatal en materia de Protección Civil, constituida actualmente por la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y desarrollada por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, y el Real Decreto 1196/2003, de 19 de septiembre, por el que se aprueba la Directriz Básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, prevé un catálogo oficial de actividades susceptibles de originar una emergencia de protección civil, y establece, entre otras, la obligación, por parte de las empresas que desarrollan dichas actividades, de contar con un PEE para prevenir y, en su caso, mitigar las consecuencias de los posibles accidentes graves, previamente analizados, clasificados y evaluados, en el que se establezcan las medidas de protección más idóneas, los recursos humanos y materiales necesarios, y el esquema de coordinación de las autoridades, órganos y servicios llamados a intervenir. Este tipo de Planes de Protección Civil tienen la calificación de Planes Especiales y son elaborados, en colaboración con los industriales, por los órganos administrativos competentes en materia de protección civil, debiendo ser
Todo el BOPV del 3 de marzo de 2016