BOPV nº 41 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 11 de febrero de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la inscripción por modificación de su ámbito de actuación de la «Fundación Inatec (Innovación Ambiental y Tecnológica)», anteriormente inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción, por modificación de su ámbito de actuación y traslado del Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Inatec (Innovación Ambiental y Tecnológica)», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 7 de septiembre de 2015, tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, la solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, por modificación de su ámbito de actuación y traslado del Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de la «Fundación Inatec (Innovación Ambiental y Tecnológica)», fundada por las entidades mercantiles Anker Medio Ambiente, SL, Deydesa 2000, SL y Reidesa Recycling, SA. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo Mediante escrito de fecha 15 de diciembre de 2015, el Registro de Fundaciones requirió a los interesados la subsanación de los defectos observados en la documentación remitida, teniendo entrada el 11 de febrero de 2016 en el Departamento de Administración Pública y Justicia la documentación solicitada. Tercero Reunida la Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, con la finalidad de verificar la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como su viabilidad económica, ha emitido el 15 de diciembre de 2015 informe favorable a su inscripción. Cuarto Los fines de la Fundación, según establece el artículo 2 de sus estatutos, son los siguientes: La investigación y el desarrollo de cuantos productos y procesos en el área medio ambiental sean de interés para la industria en general. Quinto Conforme dispone el artículo 7 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en el Poligono Industrial Goiain, calle San Blas 35 de Legutio (Álava), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad. Auitónoma del País Vasco. Séxto. La representación, administración y gobierno de la Fundación se confía al Patronato, cuyos miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, conforme lo previsto en los estatutos fundacionales. Octavo El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con vigencia en el cargo de cuatro años: Presidenta: doña Amaia Treviño Cortázar. Vicepresidente: don Ion Erramun Olaeta Bolinaga. Secretario no patrono: don Jon Barrenetxea-Arando Calzada. Vocal: don Mikel Treviño Cortázar. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de constitución, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio,

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