BOPV nº 56 · · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2016, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la modificación de la convocatoria, para el ejercicio 2016, de ayudas a la formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 16 de marzo de 2016, ha aprobado la modificación de la convocatoria, para el ejercicio 2016, de ayudas a la formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la modificación de la convocatoria, para el ejercicio 2016, de ayudas a la formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de este organismo autónomo, adoptado en su sesión de 16 de marzo de 2016, recogida como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2016. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, ADOLFO ALUSTIZA FERNÁNDEZ. ANEXO MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2016, DE AYUDAS A LA FORMACIÓN DE OFERTA DIRIGIDA PRIORITARIAMENTE A PERSONAS TRABAJADORAS OCUPADAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo aprobó, en fecha 30 de diciembre de 2015, la convocatoria, para el ejercicio 2016, de las ayudas económicas a la formación para el empleo de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La convocatoria fue publicada en el en el BOPV de fecha 31-12-2015, mediante Resolución de 30 de diciembre de 2015, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. En fecha 1 de febrero de 2016 se presentó una reclamación en la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, en el marco del procedimiento previsto en el artículo 26 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de unidad de mercado, por presunta vulneración de los principios de no discriminación y de eficacia nacional, en los términos regulados en los artículos

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