BOPV nº 53 · · HABE
RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2016, del Director General de HABE, por la que se realiza la convocatoria extraordinaria de 2016, para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, conforme al Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas.
En desarrollo del mandato contenido en el artículo 4 del Decreto 179/2003, de 22 de julio, la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, dispuso el procedimiento para la acreditación de los niveles de competencia en euskera definidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos (HEOK). Por otra lado, la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, aprobó la estructura y la descripción del Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC), en el marco de su ordenamiento académico, mediante Orden de 22 de julio de 2015: conformando el proceso de aprendizaje en seis niveles (A1, Usuario inicial; A2, Usuario básico; B1, Usuario independiente; B2, Usuario avanzado; C1, Usuario competente; C2, Usuario experto); articulado en base a la interacción sociodiscursiva, basado en un enfoque comunicativo definido mediante acciones comunicativas, en función de las características propias del euskera y tomando en consideración la situación sociolingüística del contexto de aprendizaje. Desde dicho enfoque y visión, la citada Orden define los contenidos (contexto sociolingüístico, temas, géneros textuales, funciones, exponentes textuales, exponentes lingüísticos, estrategias...), las orientaciones metodológicas y los criterios de evaluación. Asimismo, la Disposición final primera de la Orden de 22 de julio de 2015 modificó el artículo 7 de la Orden de 19 de enero de 2011, relativo a los criterios de evaluación a aplicar en el proceso de acreditación, adecuándolos a los criterios previstos en el nuevo Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas. Respecto a la acreditación de los niveles de competencia previstos en el Currículo, el artículo 9 de la citada Orden de 19 de enero de 2011 prevé la posibilidad de realizar convocatorias tanto ordinarias como extraordinarias, y dispone que las dirigidas al alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak tendrán el carácter de extraordinarias. Finalmente, el mismo artículo 9 de la antedicha Orden, faculta a la Dirección General de HABE para convocar anualmente pruebas para la acreditación de los niveles de competencia fijados en el HEOC. Por todo ello, RESUELVO : Primero Realizar una convocatoria extraordinaria para que el alumnado de cursos de euskera de los Centros Vascos-Euskal Etxeak inscritos en el Registro del Gobierno Vasco pueda acreditar los niveles de competencia comunicativa del Currículo Básico de Enseñanza del Euskera a Personas Adultas en 2016, de acuerdo con las bases y criterios que figuran en los anexos I y II de esta Resolución. Segundo En orden a la organización y materialización de esta convocatoria, se realizan las atribuciones de funciones y nombramientos que a continuación se señalan: Comisión de Exámenes: la Comisión de Exámenes constituida para las convocatorias ordinarias de 2016 asumirá, además de las funciones que en virtud del artículo 13 de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011 le correspo
Todo el BOPV del 17 de marzo de 2016