BOPV nº 52 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
DECRETO 39/2016, de 8 de marzo, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Castillo de Korres, sita en Arraia-Maeztu (Álava).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En ejercicio de la competencia asumida, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En ejercicio de estas competencias, se procede a tramitar el expediente para la declaración de la Zona Arqueológica del Castillo de Korres, sita en Arraia-Maeztu (Álava), a la vista del interés histórico-arqueológico de la misma. Mediante Resolución de 18 de diciembre de 2015, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, publicada en el BOPV n.º 5, de 11 de enero de 2016, se incoó el expediente para la declaración de Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, de la Zona Arqueológica del Castillo de Korres, sita en Arraia-Maeztu (Álava). Abierto el trámite de información pública y audiencia al interesado, no se presentaron alegaciones. En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 y 12 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, visto el informe favorable de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 8 de marzo de 2016, DISPONGO : Artículo 1 Declarar la Zona Arqueológica del Castillo de Korres, sita en Arraia-Maeztu (Álava) como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental. Artículo 2 Establecer como delimitación del Bien la que consta en el anexo I del presente Decreto, en base a las razones esgrimidas en el mismo. Artículo 3 Proceder a la descripción formal del Bien Calificado a los efectos que la vigente legislación sobre Patrimonio Cultural prevé, en los términos expresados en el anexo II del presente Decreto. Artículo 4 Aprobar el Régimen de Protección que se establece en el anexo III del presente Decreto. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura inscribirá la Zona Arqueológica del Castillo de Korres, en el Registro de Bienes Culturales Calificados, adscrito al Centro de Patrimonio Cultural Vasco. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura comunicará el presente Decreto al Registro de la Propiedad, a los efectos previstos en el artículo 26 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, y se notificará al Ayuntamiento de Arraia-Maeztu, a los Departamentos de Euskera, Cultura y Deporte y de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, y al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura instará al Ayuntamie
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