BOPV nº 40 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 2 de febrero de 2016, de Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba la liquidación de la entidad fundacional «Escuelas Nuestra Señora del Carmen Fundación Civil en liquidación», se inscribe la misma en el Registro de Fundaciones del País Vasco y se ordena la cancelación de su hoja registral.
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero Por Orden de 26 de agosto de 2014, del Consejero del Departamento de Administración Pública y Justicia, se acordó: Ratificar el acuerdo de extinción de la entidad fundacional «Escuelas Nuestra Señora del Carmen Fundación Civil en liquidación», y de destino del líquido resultante de la liquidación fundacional adoptado por el Patronato de la misma en su reunión de 10 de marzo de 2014, el cual fue elevado a público en fecha 20 de junio de 2014, mediante escritura pública otorgada ante el Notario don don Juan Ignacio Gomeza Villa (n.º de protocolo: 1176). Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del acuerdo de extinción mencionado anteriormente. Segundo El 19 de enero de 2016 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia autorizada de la escritura pública de liquidación de la entidad fundacional « Escuelas Nuestra Señora del Carmen Fundación Civil en liquidación», otorgada el 24 de diciembre de 2015, ante el Notario del Ilustre Colegio del País Vasco, don Andrés María Urrutia Badiola (n.º1343 de protocolo:). Tercero La citada escritura pública incorpora certificación expedida el 24 de diciembre de 2015, por don Manuel María Uriarte Azkárraga, Secretario/a Liquidador/a del Patronato de la Fundación, con el visto bueno del Presidente/a, don Luis Alberto Loyo Martín del acta de la reunión del Patronato celebrada el 22 de diciembre de 2015, en la que se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobar el Balance de liquidación de la Fundación, así como el Informe de Operaciones de liquidación realizadas. Aprobar las operaciones de liquidación de la Fundación, tras la ejecución del programa de liquidación aprobado, una vez pagadas las cantidades determinadas al Seminario Diocesano de Bilbao y a la Fundación Kalímedes. Tener por finalizado el Procedimiento de Liquidación de la Fundación, tras hacer ejecutado el acuerdo del destino de los bienes de la Fundación. Así mismo, la escritura pública incorpora el Informe de operaciones de realización de los bienes y liquidación de la Fundación, así como la justificación del destino del remanente resultante de la liquidación fundacional. Cuarto El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de
Todo el BOPV del 29 de febrero de 2016