BOPV nº 24 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2016, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Puente de Mercadillo de Galdakao (Bizkaia).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta el Puente de Mercadillo de Galdakao (Bizkaia) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Puente de Mercadillo de Galdakao (Bizkaia), conforme a la delimitación que figura en el anexo I y la descripción obrante en el anexo II. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Puente de Mercadillo de Galdakao para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Galdakao y a los Departamentos de Euskera y Cultura y de Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco y a URA Agencia Vasca del Agua, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2016. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I DELIMITACIÓN a) Descripción de la delimitación. La delimitación incluye, por un lado, el propio puente en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites: Al Norte, el límite de la propiedad privada y el margen del río por ese lado. Al Este, una línea paralela al puente trazada a 40 metros de distancia. Al Sur, el margen del río por ese lado, el borde exterior del camino que conduce al puente hasta su encuentro con la carretera y el límite de la propiedad privada. Y, finalmente, al Oeste, una línea paralela al puente trazada a 40 metros de distancia
Todo el BOPV del 5 de febrero de 2016