BOPV nº 22 · · Desarrollo Económico y Competitividad
RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2015, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se renueva la designación a Eurocontrol, S.A., como organismo autorizado de verificación metrológica de registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento, distribución y control de productos a temperatura controlada.
Ref.: 01-OV-1014 (TER). ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 7 de mayo de 2013, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, se designó a Eurocontrol, S.A., organismo autorizado de verificación metrológica de registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento, distribución y control de productos a temperatura controlada. Con fecha 16 de noviembre de 2015, D. Ignacio Errasti González, en nombre y representación de la empresa Eurocontrol, S.A., con domicilio en c/ Zurbano, n.º 48, de Madrid, ha presentado en la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, solicitud de renovación de la autorización para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica prevista en la Orden ITC/3701/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento, distribución y control de productos a temperatura controlada. Para la renovación de la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/271 emitido por ENAC, acompañado del anexo Técnico Rev. 4, de fecha 15-12-2014, por lo que procede efectuar la renovación de la designación solicitada. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 190/2013, de 9 de abril (BOPV 24-04-13), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 32/2014, de 22 de diciembre de Metrología, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Resolución de, a 29 de noviembre de 2007. La Orden ITC/3701/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento, distribución y control de productos a temperatura controlad
Todo el BOPV del 3 de febrero de 2016