BOPV nº 21 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2015, de la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se designa a la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial, a través del laboratorio Lacainac, como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos instalados en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Referencia: O1-0V-1004 (SON). ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha de 15 de noviembre de 2010, la Directora de Administración y Seguridad Industrial, designó a la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial a través del laboratorio Lacainac como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos instalados en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Con fecha 30 de septiembre de 2015, D. Rodolfo Fraile Rodríguez, en nombre y representación de la empresa Lacainac, ha presentado en esta Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial solicitud de renovación de la designación para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica prevista en la Orden ITC/2845/2007, de 25 de septiembre, por la que se regula el control metrológico del Estado en la fase de instrumentos en servicio destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. Para la renovación de la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado Certificado de Acreditación OC-I/168 emitido por ENAC, acompañado del Anexo Técnico Rev. 5, de fecha 19-07-2013, por lo que procede efectuar la renovación de la designación solicitada. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 13 del Decreto 190/2013, de 9 de abril (BOPV de 24-04-2013), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad. El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La legislación básica reguladora del control metrológico de los instrumentos de medida está constituida por la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, el Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida y la citada Resolución de 29 de noviembre de 2007. La Orden de 16 de diciembre de 1998 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir niveles de sonido audible. La Orden de 19 de abril de 2001, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por

Todo el BOPV del 2 de febrero de 2016

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV