BOPV nº 6 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 7 de diciembre de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco, la fusión por absorción de la «Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias» (Fundación absorbente) y «Fundación Vasca para la Innovación Sociosanitaria Etorbizi-Berrikuntza Soziosanitariorako Euskal Fundazioa» (Fundación absorbida), que se integra en aquella procediéndose a su extinción.
Visto y examinado el expediente por el que se solicita la aprobación del Protectorado de Fundaciones del País Vasco de la fusión por absorción de «Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias» (Fundación absorbente) y «Fundación Vasca para la Innovación Sociosanitaria Etorbizi-Berrikuntza Soziosanitariorako Euskal Fundazioa» (Fundación absorbida), así como su inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 18 de noviembre de 2015 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de los acuerdos de fusión por absorción, integración de la absorbida en la fundación absorbente y extinción de aquella. Al escrito de solicitud se acompañó la documentación obrante en el expediente administrativo. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURIDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente respecto de la fusión acordada, los requisitos previstos en el artículo 32 de la Ley 12/1.994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco; artículo 34 del Decreto 100/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; y artículo 45 del Decreto 101/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco. Tercero Se ha cumplido así mismo, en relación con la modificación estatutaria acordada por la fundación absorbente, lo prevenido por el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, artículo 33 del Decreto 100/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco; así como por el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio; ajustándose finalmente, la fusión por absorción practicada a las previsiones legales