BOPV nº 18 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 12 de enero de 2016, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación Residencia de Ancianos Petra Lekuona Petra Lekuona Zaharraren Egoitza Fundazioa».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de «Fundación Residencia de Ancianos Petra Lekuona Petra Lekuona Zaharraren Egoitza Fundazioa», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 22 de junio de 2015 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Residencia de Ancianos Petra Lekuona Petra Lekuona Zaharraren Egoitza Fundazioa». A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo Según consta en dicho expediente, el origen de la Fundación radica en el Establecimiento de Beneficencia denominado Petra Lekuona Zaharren Egoitza que se creó en cumplimiento de la voluntad testamentaria de doña Petra Felipa Lecuona y Echeveste manifestada en escritura pública otorgada el 05 de febrero de 1929, ante el Notario de Rentería (Gipuzkoa), don Juan Leoncio Iturralde, número 103 de su protocolo. Asimismo, mediante Escritura pública otorgada el 23 de septiembre de 2015, ante el Notario de San Sebastián, don Martin Gabarain Astorqui (número de protocolo: 1.286), se ha modificado la forma jurídica del Establecimiento de Beneficencia para acogerse a la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, siendo adaptados sus Estatutos y se ha procedido a la constitución del nuevo Patronato y a la designación de cargos, los cuales aceptan. Tercero Reunida la Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, con la finalidad de verificar la licitud e interés general de los fines fundacionales, emitió el 21 de diciembre de 2015 informe favorable a su inscripción. Cuarto Según establece el artículo 3 de sus estatutos, la denominada «Fundación Residencia de Ancianos Petra Lekuona Petra Lekuona Zaharraren Egoitza Fundazioa» tiene como fines la acogida y manutención de los ancianos y ancianas que en cada momento reúnan las condiciones exigidas para este tipo de centros según la normativa vigente o las que en su caso establezca el Patronato y en especial, la atención a la tercera edad. Asimismo, serán personas destinatarias de los servicios prestados por la Fundación aquellas que concierte la entidad con la Diputación Foral de Gipuzkoa u otras Administraciones Públicas competentes en el área de los servicios sociales. Quinto El domicilio fundacional, conforme dispone el artículo 5 de los Estatutos fundacionales, radicará en Iparralde Etorbidea, número 13 de Oiartzun (Gipuzkoa), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en el término municipal de Oiartzun. Sexto Constituye la dotación fundacional de la Fundación la cantidad de setecientos veintiocho mil trescientos noventa euros (728.390,00), suma que figura como Fondo Social en el balance de situación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio cerrado a fecha, a 31 de diciembre de 2014. Séptimo

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