BOPV nº 11 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 28 de diciembre de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la Fundación «Jalgi Fundazioa».
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Jalgi Fundazioa», sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 2 de noviembre de 2015, tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la Fundación «Jalgi Fundazioa», fundada por don Gaizka Larrinaga Martín, don Ibon Larrinaga Martín y don Daniel Ortiz Rivas. A la solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo Reunida la Comisión técnica de la Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, con la finalidad de verificar la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como su viabilidad económica, emitió el 2 de diciembre de 2015 informe favorable a su inscripción, condicionada a la subsanación de los defectos observados. Tercero Mediante escrito de 10 de diciembre de 2015, el Registro de Fundaciones requirió a los interesados la subsanación de los defectos observados en la documentación presentada, teniendo entrada el 23 de diciembre de 2015 en el Departamento de Administración Pública y Justicia la documentación solicitada. Cuarto Según establece el artículo 3 de sus estatutos, la Fundación «tiene por finalidad promover, fomentar y desarrollar la cultura en todas sus expresiones, dimensiones y campos. Para ello, impulsará la educación, participación, activación, reflexión y desarrollo de la comunidad en el ámbito cultural en un sentido dual emisor-receptor». Quinto Conforme disponen los artículos 5 y 6 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en Erronda Kalea, 2 beheko eskuina, de Bilbao, desarrollando la Fundación «principalmente sus actividades en el Territorio Histórico de Bizkaia, y de manera general en el resto de Euskal Herria, sin perjucio de poder extender su actuación fuera de tales ámbitos territoriales estrictos». Sexto La dotación inicial asciende a la cantidad de treinta mil (30.000) euros. Se acredita documentalmente la realidad de dicha aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Séptimo La representación, administración y gobierno de la Fundación se confía al Patronato, cuyos miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, conforme lo previsto en los estatutos fundacionales. Octavo El Patronato inicial está compuesto por los siguientes miembros: Presidente: don Ibon Larrinaga Martín. Hasta el 28 de octubre de 2020. Vocal: doña Oiana Bartra Arenas. Hasta el 28 de octubre de 2020. Vocal: don Luis Egia del Río. Hasta el 28 de octubre de 2020. Secretario no patrono: don Daniel Ortiz Rivas. Todos los nombrados han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 12.1 de la Ley 12/1994, de 17 de