BOPV nº 10 · · Medio Ambiente y Política Territorial

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2015, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el «Proyecto constructivo de la Subestación eléctrica de tracción de Txurdinaga de la Línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao».

Mediante Resolución de 4 de diciembre de 2015, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, se aprobó el «Proyecto constructivo de la Subestación eléctrica de tracción de Txurdinaga de la Línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao». El Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Decreto 41/2001, de 27 de febrero, y modificado por Decreto 34/2005, de 22 de febrero, contempla entre las actuaciones en las líneas ferroviarias la realización de la línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao (Etxebarri-Casco Viejo) como la mejora de conexión entre las líneas Bilbao-Durango, la línea metropolitana existente y la línea del Txorierri (Bilbao-Lezama). El convenio de 27 de diciembre de 2013 entre el Gobierno Vasco, Euskal Trenbide Sarea y la Diputación Foral de Bizkaia establece el marco de colaboración entre ambas instituciones para su construcción, encomendando en su cláusula 2.ª al Gobierno Vasco la aprobación de los proyectos básico y de construcción de cada tramo. Por Resoluciones de 15 de enero de 2008, 8 de mayo de 2009 y 18 de marzo de 2009 se aprobaron definitivamente el «Proyecto de Trazado de la nueva línea ferroviaria Etxebarri-Casco Viejo, de la Línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao», la «Modificación del tramo Txurdinaga-Uribarri» y el del «Túnel de Artxanda», respectivamente. El presente proyecto tiene como finalidad la definición y valoración para su ejecución por contrata de las obras necesarias para la construcción completa y puesta en marcha de la nueva Subestación eléctrica de tracción de Txurdinaga de la Línea 3 del Ferrocarril Metropolitano de Bilbao. Este proyecto define las obras relacionadas con la instalación y puesta en servicio de dicha Subestación eléctrica de tracción a 1.500 Vcc. Las actuaciones a realizar para ejecutar dicha Subestación pasan por: Construcción del edificio que albergará la nueva Subestación de Txurdinaga, Equipamiento de la Subestación Eléctrica de Txurdinaga para una potencia instalada de 4.000 kW, con dos grupos transformadores rectificadores de 2.000 kW y un transformador de Servicios Auxiliares de 160 kVA, ruptores de interior (seccionadores en carga), y cables de alimentación a la catenaria y de retorno y finalmente Interconexión con la línea de compañía de 30 kV, a través de un doble circuito. A efectos de obtención de los terrenos y de la gestión de los bienes y derechos afectados, el Proyecto contiene la identificación pormenorizada de los mismos mediante la relación y planos parcelarios del Anejo de expropiaciones. Este órgano es competente para la adopción de los actos de tramitación y resolución del procedimiento de expropiación forzosa para la realización de las obras de infraestructura ferroviaria de competencia de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 14.1.c) del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Pol

Buscar en todo el BOPV