BOPV nº 241 · · Desarrollo Económico y Competitividad

ORDEN de 10 de diciembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas, y las ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola.

Con el objetivo de reconducir la situación para aumentar la competitividad de los productores vitivinícolas comunitarios y consolidar la calidad de sus vinos se ha establecido una organización común del mercado vitivinícola. Entre las medidas de apoyo establecidas por la Reglamentación Comunitaria se incluyen la de promoción de los productos vinícolas comunitarios en los mercados de terceros países la de inversiones. Esta OCM fue establecida por el Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008; y por el Reglamento n.º (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, (por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento n.º (CE) 479/2008 del Consejo), modificado por el Reglamento (UE) n.º 772/2010 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2010. A su vez, esta OCM fue incorporada al Reglamento (CE) n.º 1234/2007 (Reglamento único para las OCM). Recientemente el Reglamento (CE) 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, ha sido modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 202/2013 de la Comisión, de 8 de marzo de 2013. El Reglamento (CE) n.º 1234/2007 ha sido a su vez derogado e incorporado al recientemente publicado Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, (por el que se crea la organización común de mercados de productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 922/72, (CEE) n.º 234/79, (CE) n.º 1037/2001 y (CE) n.º 1234/2007). En el ámbito estatal, con fecha 20 de julio de 2013, se publicó el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, que ha sido derogado y sustituido por el Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 20142018 al sector vitivinícola, modificado por el Real Decreto 740/2015, de 31 de julio. En el precitado Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre, en su Capítulo II, Sección 1.º se recoge la medida de «Promoción en mercados de terceros países»; y en su Sección 4.ª se recoge la medida de «Inversiones». En la Comunidad Autónoma del País Vasco las normas de desarrollo y aplicación de la reglamentación comunitaria y de la normativa estatal básica fueron establecidas por el Decreto 630/2009, de 22 de diciembre, de desarrollo y aplicación de las medidas de apoyo comunitarias al sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi, modificado por el Decreto 234/2011, de 15 de noviembre. Las numerosas modificaciones introducidas en la reglamentación comunitaria y en la normativa básica estatal han determinado la publicación reciente del Decreto 227/2014, de 9 de diciembre, de desarrollo y aplicación de las medidas de apoyo comunitarias al sector vitivinícola de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que deroga y sustituye al Decreto 630/2009, de 22 de diciembre, para incorporar los cambios en las normas sustantivas que regulan estas ayudas. La presente Orden aplica lo dispuesto en los artículos 7.2, 9., 17.2 y 19. del Decreto 227/2014 de 9 de diciembre de diciembre, y procede

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