BOPV nº 240 · · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2015, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan Becas de especialización y formación de profesionales en el área de Gobierno Abierto / Open Government para 2016.

El Decreto 173/2011, de 26 de julio, modificado por el Decreto 78/2014, de 20 de mayo, regula las Becas de especialización en el área de Gobierno Abierto / Open Government. El artículo 2 del Decreto 173/2011 establece que las becas se convocarán periódicamente mediante Resolución del Secretario General de la Presidencia, en la que habrá de constar el objeto de la convocatoria, tipo y número de becas que se convocan, las pruebas de selección, dotación y forma de pago de las becas, los subcriterios de valoración, su ponderación y, en su caso, las pruebas que se consideren oportunas, así como el lugar y plazo de presentación de solicitudes y el modelo de solicitud. En consecuencia, mediante la presente Resolución se convocan dos becas de especialización en el área de Gobierno Abierto /Open Government para el año 2016, y a fin de agilizar su gestión, esta convocatoria se acoge a la tramitación anticipada de expediente de gasto, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2016. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución convocar, para el ejercicio 2016, las becas para impulsar la especialización y formación de profesionales en el ámbito del Gobierno Abierto / Open Government. Artículo 2 Tipo y número de becas que se convocan. Se convocan dos becas: 1 Beca de Gobierno Abierto, Transparencia y Participación Ciudadana en Internet. 1 Beca de Periodismo Digital. Artículo 3 Dotación y pago. La dotación de cada una de las dos becas será de 14.280 euros. Este importe estará sujeto a las retenciones fiscales y de seguridad social correspondientes en razón de la actividad realizada. La concesión de las becas quedará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para este objeto, en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2016, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. La duración de las becas será de doce meses y los pagos se realizarán de la siguiente manera: Un pago correspondientes al 20% del importe total al comienzo de la beca. Un pago correspondiente al 30% antes del 31 de octubre de 2016. Un pago final correspondiente al 50% restante a la finalización de la beca en 2017. Artículo 4 Tramitación de solicitudes. Las personas interesadas podrán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios presenciales o electrónicos. Las especificaciones de cómo tramitar, tanto por canal presencial como electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la siguiente sede electrónica (URL)2: http://euskadi.eus/ayuda_subvencion/-/2016/becas-gobierno-abierto/ El empleo de un canal, presencial o electrónico, en el trámite

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