BOPV nº 232 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

DECRETO 221/2015, de 1 de diciembre, por el que se regula el Premio Euskadi de Investigación, con el fin de fomentar la actividad científica, y se convoca la edición del año 2015 en la modalidad de Ciencias Sociales y Humanidades.

Entre las funciones que tiene atribuidas el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura se incluye la promoción y la difusión de la Ciencia y de la actividad científica en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Para lograr este objetivo, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, creó el Premio Euskadi de Investigación, regulado sucesivamente por el Decreto 93/1996, de 7 de mayo, en el periodo 1996-2002, el Decreto 175/2003, de 22 de julio, entre los años 2003 y 2005, el Decreto 208/2006, de 17 de octubre, entre 2006 y 2009, y el Decreto 323/2010, de 30 de septiembre, entre 2010 y 2014. El Premio tiene una rotación bienal establecida de la siguiente forma: en los años pares, la temática versará sobre Ciencia y Tecnología, y en los años impares la temática versará sobre Ciencias Sociales y Humanidades. Siendo de sumo interés estimular, promocionar y valorar los esfuerzos de investigadores e investigadoras y equipos cualificados de la Comunidad Autónoma del País Vasco o de fuera de la Comunidad Autónoma, cuyo trabajo haya ejercido una influencia positiva destacada en Euskadi, es intención de este Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, proceder con carácter periódico anual a la convocatoria del Premio Euskadi de Investigación, tal como se hace en la disposición adicional del presente Decreto, que convoca el Premio Euskadi de Investigación en su edición 2015, en su modalidad de Ciencias Sociales y Humanidades. La presente convocatoria se resolverá conforme a los principios que rigen la actividad subvencional de las Administraciones Públicas, en los términos establecidos en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, con arreglo a la normativa básica establecida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley General de Subvenciones y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 1 de diciembre de 2015, DISPONGO : Artículo 1 Objeto. Es objeto del presente Decreto regular el Premio Euskadi de Investigación, con el fin de fomentar la actividad científica. El Premio tendrá una rotación bienal establecida de la siguiente forma: en los años pares, la temática versará sobre Ciencia y Tecnología, y en los años impares la temática versará sobre Ciencias Sociales y Humanidades. La modalidad de Ciencia y Tecnología incluye las áreas de Ciencias Básicas, Ciencias de la Vida y de la Salud, Tecnologías y Arquitectura. La modalidad de Ciencias Sociales y Humanidades incluye las áreas de Ciencias Socioeconómicas, Jurídicas y Humanidades. El Premio Euskadi de Investigación será convocad

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Publicación oficial en euskadi.eus

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