BOPV nº 215 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2015, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, por la que se autoriza la instalación denominada «Modificación de la línea eléctrica a 132 kV, s/c, denominada ST Arkale-ST Irun», en el Término Municipal de Oiartzun y se aprueba el proyecto de ejecución de la misma.

Referencia: RI-20-24063/AT-H-2015-42. En la resolución del expediente es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 17 de julio de 2015 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en calle Ribera de Axpe, n.º 5 48950 Erandio (Bizkaia), solicitó autorización administrativa y la aprobación de proyecto de ejecución, para las instalaciones de modificación de la línea eléctrica a 132 kV, s/c, denominada ST Arkale-ST Irun, en el término municipal de Oiartzun, aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto técnico correspondiente. En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV de 23 de diciembre de 2002), por el que se regulan los procedimientos de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas, e instalaciones de conexión de consumidores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27 de diciembre de 2013), dicho proyecto ha sido sometido a información pública, durante el plazo de veinte días. A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el Anuncio en el BOG de fecha 4 de septiembre de 2015 y en el BOPV de fecha 9 de septiembre de 2015. Con carácter simultáneo al trámite de información pública, con fecha 4 de agosto de 2015, se remitió la separata correspondiente al Ayuntamiento de Oiartzun, solicitándole su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso. A la solicitud de conformidad u oposición al proyecto y, en su caso, el establecimiento del condicionado técnico procedente, el Ayuntamiento de Oiartzun manifestó que la propuesta es compatible con el plan municipal y que no afecta a bienes municipales. Dentro del período de información pública establecido al efecto no han tenido entrada alegaciones. FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 190/2013, de 24 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24 de abril de 2013). La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina en su artículo 39 que la puesta en funcionamiento, modificación, transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa previa. El Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica así como de las acome

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