BOPV nº 213 · · Lehendakaritza

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2015, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se modifica la Resolución de 4 de mayo de 2015 de concesión de subvenciones para el año 2015 a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad.

Por Resolución de 9 de diciembre de 2014, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se convocaron subvenciones para el año 2015 dirigidas a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad. El artículo 12.1 de la citada Resolución establece que las solicitudes serán resueltas, a propuesta de la Comisión de Selección nombrada para tal fin, mediante Resolución de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de general conocimiento. Mediante la Resolución de 4 de mayo de 2015, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se concedieron y se denegaron subvenciones para el año 2015 a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad. Por Resolución de 11 de junio de 2015, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, se aceptó la renuncia de la subvención concedida a la asociación Entremanos para la promoción sociolaboral mediante Resolución de 4 de mayo de 2015, de la Directora de Emakunde- Instituto Vasco de la Mujer, por la que se conceden y se deniegan subvenciones para el año 2015 a empresas y a entidades privadas para la contratación de una consultora homologada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres y un plan de igualdad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la antedicha Resolución de 9 de diciembre de 2014, el pago de la subvención se efectuará una vez realizadas las actividades y justificados todos los gastos generados, incluidos aquellos que no sean cubiertos por Emakunde hasta cubrir el importe total de la actividad, mediante la presentación hasta el 30 de noviembre de 2015 inclusive, de la documentación justificativa. Por todo lo expuesto, una vez redistribuidas las nuevas cantidades y considerada la propuesta de la Comisión de selección, RESUELVO : Primero Modificar la concesión de las subvenciones por importe total de cien mil (100.000) euros a las empresas y entidades privadas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, por el importe concreto que se indica en el mismo. Segundo Modificar el listado de empresas y entidades privadas suplentes que se mencionan en el anexo II de la presente Resolución con el importe máximo que, en su caso, podrán recibir. Tercero Disponer la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución. Cuarto Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso

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Publicación oficial en euskadi.eus

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