BOPV nº 211 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 5 de noviembre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan para el año 2015 subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco.

El Decreto 119/2015, de 30 de junio, regula la concesión de subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco. El artículo 15 del mencionado Decreto establece que, la o el titular del Departamento competente en materia de cultura convocara anualmente, si las disponibilidades presupuestarias así lo permiten, a las fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco para acogerse a las subvenciones reguladas en el mismo, convocatoria esta, en la que deberán concretarse los siguientes contenidos: La referencia a este Decreto con indicación del Boletín Oficial del País Vasco en que se publica, así como la normativa complementaria o supletoria que pudiera serle de aplicación. La dotación presupuestaria global destinada a financiar las subvenciones. El lugar, plazo y forma de presentación de las solicitudes, así como la documentación a aportar por las fundaciones y asociaciones solicitantes. El plazo para resolver la convocatoria, que en ningún caso excederá de los seis meses desde la fecha en que surta efectos la convocatoria, y la forma de notificación de las resoluciones a las fundaciones y asociaciones solicitantes. El plazo y la documentación a aportar para la justificación de la ayuda concedida. El nombramiento de los miembros integrantes de la Comisión de Valoración. La indicación de los recursos que proceden contra la propia convocatoria, plazos para su interposición y órgano ante el que habrán que interponerse. Conforme a lo dispuesto en el referido Decreto, mediante la presente Orden se concretan dichos contenidos para la aplicación durante el ejercicio 2015 de la convocatoria de ayudas establecida por la norma mencionada. Así mismo y como criterio de gestión, las fundaciones y asociaciones destinatarias de las ayudas de la presente convocatoria, solicitarán, consultarán y realizarán cuantos trámites sean necesarios utilizando medios electrónicos. En consecuencia, las notificaciones y comunicaciones a realizar a las mismas, así como el resto de trámites posteriores a la solicitud, se practicaran utilizando estos medios. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la convocatoria para el año 2015 de subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco, subvenciones reguladas en el Decreto 119/2015, de 30 de junio, publicado en el BOPV n.º 128, de 9 de julio de 2015 y la corrección de errores del mismo publicada en el BOPV n.º 170, de 8 de septiembre de 2015. Artículo 2 Dotación económica. Para el ejercicio 2015, la dotación presupuestaria global destinada a financiar las ayudas convocadas por la presente Orden es de doscientos ochenta y dos mil quinientos (282.500) euros. Artículo 3 Plazo de ejecución de los programas. Los programas para los que se solicite subvención al amparo de la presente Orden, deberán, en todo caso, realizarse en

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Publicación oficial en euskadi.eus

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