BOPV nº 211 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 15 de octubre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones por el desarrollo de programas de promoción de la interculturalidad dirigidos al alumnado inmigrante y de refuerzo lingüístico del alumnado de reciente incorporación.

El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura consciente de la necesidad de adaptar la educación a un contexto multicultural quiere desarrollar un modelo educativo intercultural en el que el objetivo que se persigue sea la igualdad y el respeto a la diversidad en el sistema educativo vasco. El reconocimiento de la diversidad cultural en los centros de enseñanza resulta fundamental para conseguir verdaderas sociedades interculturales. Facilitar la incorporación del alumnado de reciente incorporación al sistema educativo debe necesariamente contemplar la mejora en la capacidad de comunicación en las lenguas oficiales y la implantación de programas para la promoción de la interculturalidad en los centros de enseñanza. El programa de dinamización intercultural tiene como objetivo ir iniciando en los centros un proceso de reflexión y mejora de su actuación respecto a la diversidad cultural o, en el caso de aquellos centros que ya estén en procesos de transformación del contexto, integrar y optimizar operativamente los diferentes recursos. La finalidad de este programa sería la de integrarlo en un plazo de tiempo dentro del propio proyecto de centro y con los recursos ordinarios. La incorporación del alumnado inmigrante se produce a lo largo del curso escolar de forma incesante y aleatoria por lo que, a fin de que los centros escolares inicien las necesarias e inaplazables acciones de refuerzo, la presente convocatoria, a fin de dar seguridad jurídica a los centros, debe dar cobertura a tales acciones, lo que motiva que se acoja al régimen especial de tramitación anticipada de expedientes de gasto regulado en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para que se halle vigente durante la mayor parte del curso 2015-2016. Teniendo en cuenta el Decreto 193/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, y de conformidad con lo establecido en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones de general aplicación, RESUELVO : Artículo 1 Objeto y dotación presupuestaria. Es objeto de esta Orden establecer las bases y convocar las subvenciones por la coordinación de la perspectiva intercultural en los centros de enseñanza y por la ejecución de programas de refuerzo lingüístico a alumnado de reciente incorporación que presente dificultades comunicativas importantes relacionadas con el desconocimiento de las lenguas ofi

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