BOPV nº 208 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

ORDEN de 20 de octubre de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de un centro privado de Formación Profesional Básica en el municipio de Bilbao (Bizkaia).

Examinada la solicitud presentada por la representante de la entidad «Gremio Artesanos Confitería y Pastelería de Vizcaya-Bizkaiko Gozogileen Alkartasuna», de autorización para la apertura y funcionamiento de un centro docente privado en el municipio de Bilbao (Bizkaia) para impartir enseñanzas de Formación Profesional Básica. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero (BOE de 5 de marzo), por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto (BOE del 29 de agosto), por el que se establecen seis Títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de Títulos de las enseñanzas de Formación Profesional; el Decreto 86/2015, de 9 de junio (BOPV de 12 de junio), de ordenación e implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y demás legislación vigente aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza, con efectos del curso escolar 2015-2016, la apertura y funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación: N.º de código: 48019043 Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Básica Denominación específica: «Escuela profesional de Pastelería y Comercio de Bizkaia» Titular: Gremio Artesanos Confitería y Pastelería de Vizcaya-Bizkaiko Gozogileen Alkartasuna Domicilio: Estrada Masustegi, 347 - bajo Municipio: Bilbao Territorio Histórico: Bizkaia Enseñanzas que se autorizan: Formación Profesional: Familia: Comercio y Marketing. Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica «Servicios Comerciales». Capacidad: 1 ciclo. Familia: Hostelería y Turismo. Ciclo Formativo de Formación Profesional Básica «Actividades de Panadería y Pastelería». Capacidad: 1 ciclo. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulació

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