BOPV nº 199 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 30 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan, para el ejercicio 2015, las ayudas a las agrupaciones de productores agrarios, previstas en el Decreto 13/2004, de 20 de enero, de Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones en la Comunidad Autónoma del País Vasco; y las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020.
El Decreto 13/2004, de 20 de enero, de Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones en la Comunidad Autónoma del País Vasco, tiene por objeto el establecimiento de las normas básicas aplicables al reconocimiento de las Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones, que comercialicen en común la producción procedente de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En el artículo 8 del Decreto 13/2004, de 20 de enero, establece que por Orden del Consejero de Agricultura y Pesca (actualmente, Desarrollo Económico y Competitividad), entre otros extremos, podrá establecerse para cada producto o grupo de productos un régimen de ayudas para la constitución y/o funcionamiento de las Agrupaciones o sus Uniones. Asimismo, estas ayudas que se convocan en la presente Orden se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014. Por otra parte, recientemente ha sido aprobado el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi 2015-2020, mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 26-05-2015. En él se incluye una medida cofinanciada de fomento a la creación de grupos y organizaciones de productores en la que se apoya a las Agrupaciones de Productores del sector agrario y forestal. Así pues, mediante esta Orden se convocan dos tipos de ayudas a las Agrupaciones de productores. Por una parte se convoca una ayuda acogida al Reglamento (UE) n.º 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, para aquellas Organizaciones de Productores, o sus Uniones, que fueron reconocidas con anterioridad a este ejercicio y que aún no han agotado el periodo durante el cual pueden recibir la ayuda (5 años). Y por otra parte se convocan por primera vez las ayudas incluidas en el nuevo el Programa de Desarrollo Rural de Euskadi para las agrupaciones de productores que sean reconocidas durante en el periodo de vigencia del Programa, es decir, en este ejercicio. El Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las Fundaciones y Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi y la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015, permiten realizar la convocatoria de las ayudas correspondientes a este año. En su virtud, RESUELVO : CAPITULO I AYUDAS A LA AGRUPACIONES DE PRODUCTORES AGRARIOS O SUS UNIONES ENMARCADAS EN EL REGLAMENTO (UE) N.º 702/2014 DE LA COMISIÓN, DE 25 DE JUNIO Primero Beneficiarias. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en este capítulo las Agrupaciones de Productores Agrarios y sus Uniones que hayan sido reconocidas como tales con anterioridad a 2015 en aplicación del Decreto 13/2004, de 20 de enero, y en sus Órdenes de adaptación, que cumplan los requisitos en él establecidos, y que aún no hayan agotado el periodo durante el cual pueden
Todo el BOPV del 20 de octubre de 2015