BOPV nº 199 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud
RESOLUCIÓN 93/2015 del Director gerente de Emergencias, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión mediante el sistema de concurso del puesto de Jefe/a de servicio de Emergencias Bizkaia.
Encontrándose vacante el puesto de Jefe/a de Servicio de Emergencias Bizkaia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza, y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección Gerencia acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de concurso, con arreglo a las siguientes: BASES Requisitos de participación. Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Ser estatutario, funcionario o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza, o ser personal estatutario fijo de las Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud, y pertenecer al grupo profesional A1. b) Hallarse en posesión de la titulación de Licenciado en Medicina. c) Experiencia profesional mínima de 4 años. d) Perfil lingüístico 2 preceptivo. Baremo de méritos (máximo 60 puntos). La valoración de méritos constará de dos fases: Proyecto y su defensa (máximo 30 puntos). Consistirá en la exposición pública ante el tribunal calificador de la Memoria-Proyecto explicativa sobre la organización y funcionamiento del Servicio de que se trate, y la realización de una entrevista con el/los aspirante/s. Valoración de méritos (Máximo 30 puntos). La puntuación se distribuirá del siguiente modo: Experiencia profesional. (Máximo 15 puntos). Por cada mes de servicio prestados como Facultativo en la especialidad de que se trate: 0,0500 puntos. Por cada mes de servicio prestados como Jefe de Sección en la especialidad de que se trate: 0,0750 puntos. Por cada mes de servicio prestados como Jefe de Servicio en la especialidad de que se trate: 0,1000 puntos. Por cada mes de servicios prestados como Director Gerente, Director Médico o Subdirector Médico: 0,1250 puntos. Se tendrán en consideración como experiencia profesional los servicios prestados en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza, de la Seguridad Social o de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas o en cualquier Administración Pública, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea. Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales. Formación, docencia y difusión del conocimiento. (Máximo 15 puntos). Formación en gestión. (Máximo 3 puntos). Por la asistencia a cada curso relacionado con la gestión sanitaria de duración: De 20 a 30 horas: 0,2000 puntos. De 31 a 50 horas: 0,3000 puntos. De 51 a 100 horas: 0,4000 puntos. De 101 a 200 horas: 0,5000 puntos. De más de 200 horas: 1,2500 puntos. Se valorarán los cursos impartidos y acreditados por Organismos Oficiales, Universid
Todo el BOPV del 20 de octubre de 2015