BOPV nº 198 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2015, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se acepta la solicitud de renuncia al proyecto «Desarrollo integral en las comunidades de Realengo 18, Guantánamo. Fase II» presentado por la entidad Asociación Euskadi-Cuba dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2010.
Por Orden de 30 de diciembre de 2010, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se conceden ayudas a proyectos con cargo al Fondo para la Cooperación y Ayuda al Desarrollo para el ejercicio 2010, se concedió a la entidad Asociación Euskadi-Cuba una subvención de 433.478,00 euros para la realización del proyecto «Desarrollo integral en las comunidades de Realengo 18, Guantánamo. Fase II». La citada entidad, en comunicación dirigida a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, con fecha 30 de junio de 2015, formuló una solicitud de renuncia al tercer pago de la subvención. Analizada la solicitud, el Servicio de Coordinación Técnica informa favorablemente la renuncia presentada por la entidad beneficiaria de la subvención. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 28 del Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo, la entidad solicitante deberá informar inmediatamente a la Dirección de Cooperación al Desarrollo sobre cualquier circunstancia que pudiera afectar sustancialmente al desarrollo previsto del proyecto y deberá remitir solicitud de autorización previamente a la realización de las modificaciones que pretenden introducirse en la realización del mismo, especificando las repercusiones presupuestarias que implican. No obstante, por lo que se refiere a la competencia para aprobar las modificaciones propuestas, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), dicha competencia y, en general, el dictado de las Resoluciones necesarias para gestionar estas ayudas corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Primero Autorizar a la entidad Asociación Euskadi-Cuba la renuncia solicitada al proyecto «Desarrollo integral en las comunidades de Realengo 18, Guantánamo. Fase II» presentado dentro de la convocatoria de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para 2010. Se deja sin efecto las órdenes de pago correspondientes al tercer pago (86.695,60 euros). Segundo Contra la presente Resolución, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de septiembre de 2015. El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, PAUL ORTEGA E
Todo el BOPV del 19 de octubre de 2015