BOPV nº 195 · · Desarrollo Económico y Competitividad

DECRETO 178/2015, de 22 de septiembre, sobre la sostenibilidad energética del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El País Vasco depende en más de un 90% de recursos energéticos mayoritariamente fósiles, por lo que el objetivo de desarrollar energías renovables competitivas y consumir menos energía implica disminuir la dependencia energética del exterior logrando un país más estable, ambientalmente sostenible y competitivo, ahorrando a la vez recursos financieros que pueden utilizarse en inversión productiva generadora de actividad económica y empleo. La Comunidad Autónoma de Euskadi ha tenido muy presentes estas consideraciones a la hora de desplegar distintos instrumentos para lograr un mayor ahorro y eficiencia energética, con el referente de la Estrategia Energética de Euskadi que se enmarca en el contexto de la política europea en esta materia. Y es que las administraciones públicas modernas deben jugar el papel de promotoras y reguladoras de la actividad económica por un lado, al tiempo que ejercen un papel dinamizador de aquellas actividades innovadoras y ejemplarizantes que puedan servir de estímulo a la incorporación de nuevas prácticas de consumo o de gestión y a la introducción de nuevas tecnologías y equipos que sirvan de referencia al tejido productivo y al conjunto de la sociedad. Esto es especialmente relevante en el campo de la energía. La Unión Europea ha destacado tal papel ejemplarizante en las normas centrales en materia de energía, como son la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, y la Directiva 2006/32/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos y por la que se deroga la Directiva 93/76/CEE, del Consejo. La Directiva 2012/27/UE establece el marco adecuado para conseguir el 20% de ahorro de energía en 2020, fijando exigencias de carácter mínimo que pueden ser mejoradas por los Estados miembros quienes, entre otras cosas, deberán presentar un plan de acción nacional de eficiencia cada tres años. La nueva regulación procedente de la Unión Europea obliga al sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi a jugar, como tantas otras veces en el pasado, un papel pionero en la aplicación de soluciones innovadoras de ahorro, eficiencia energética y promoción de energías renovables competitivas. La exigencia europea, establecida en la, Directiva 2010/31/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios, de que los nuevos edificios construidos sean de consumo energético casi nulo, implica que estén construidos con niveles de eficiencia energética muy altos, de manera que la cantidad casi nula o muy baja de energía que necesiten debería estar cubierta, en muy amplia medida, por energía derivada de fuentes renovables, incluida la energía procedente de fuentes renovables produc

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Publicación oficial en euskadi.eus

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