BOPV nº 180 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad

RESOLUCION de 16 de septiembre de 2015, de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convocan, para el año 2015, ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.

Mediante la presente convocatoria se da cumplimiento, para el año 2015, a las previsiones contenidas en el Decreto 22/2007, de 13 de febrero, por el que se regulan las ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a los/las cooperantes voluntarios/as que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos (Boletín Oficial del País Vasco n.º 50, de 12 de marzo de 2007). En términos generales no se reiterarán en esta Resolución los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las entidades interesadas que deseen presentarse a esta convocatoria de ayudas. El citado Decreto establece que la convocatoria de ayudas será realizada anualmente y que debe señalar, en todo caso, el importe total destinado a la convocatoria, el importe máximo de la dotación básica de cada candidatura y el importe destinado a las prórrogas. Asimismo, deberá concretar los aspectos que se valorarán en cada uno de los criterios de selección de las candidaturas y su ponderación, así como el lugar y plazo de presentación de solicitudes y modelo de solicitud. Por lo que se refiere a la competencia para realizar la convocatoria, y por aplicación conjunta de las previsiones de los Decretos 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, el órgano competente es la Secretaria General de Acción Exterior. En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y a las resoluciones que hubieren de dictarse, la competencia corresponde a los órganos de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 4.b) de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y 5.b) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, aprobado por Decreto 95/2010, de 23 de marzo. Por último, cabe señalar que la presente convocatoria recibió el visto bueno por parte del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 6 de mayo de 2015. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es convocar, para el presente ejercicio 2015, las ayudas a los Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a las personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos. Artículo 2 Recursos económicos. El importe global de la dotación económica destinada a la presente convocatoria será de 300.000 euros. El importe destinado a las prórrogas será de 240.000 euros

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Publicación oficial en euskadi.eus

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