BOPV nº 176 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 10 de agosto de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba e inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 5 (domicilio), 11 y 22 de los estatutos de «Donostia/San Sebastián 2016 Fundazioa - Fundación Donostia/San Sebastián 2016».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 27 de marzo de 2014 tuvo entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia, solicitud suscrita por BSK Legal & Fiscal, S.L.P., actuando en nombre y representación de Donostia/San Sebastián 2016 Fundazioa Fundación Donostia/San Sebastián 2016, de inscripción de la modificación de los artículos 5, 11 y 22 de los estatutos de la Fundación. Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la Escritura Pública de modificación de Estatutos, otorgada el día 21 de febrero de 2014 por la Fundación, ante el Notario de San Sebastián, Don Enrique García Jalón de la Lama, número 236 de su protocolo. La referenciada Escritura pública incorpora certificado expedido el día 13 de febrero de 2014 por Don Juan Carlos Etxezarreta Villaluenga, Secretario no Patrono del Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 11 de diciembre de 2013, en la que se adoptó por unanimidad de los asistentes, el acuerdo de modificar los artículos 5 (domicilio), 11 y 22 de los Estatutos Fundacionales para posibilitar que el Ministerio de educación, Cultura y Deporte designe un suplente de su representante en el Patronato de la Fundación, y por otra parte, de reflejar el traslado del domicilio fundacional. En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3-1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4-1-a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modifica

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