BOPV nº 175 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 26 de febrero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 9 y 10 y supresión de los artículos 18 y 19 de los estatutos de «Eusko Ikaskuntzaren Euskomedia Fundazioa Fundación Euskomedia Ikaskuntza».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 10 de septiembre de 2014, ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la variación en el seno del Patronato, de la constitución de una Dirección Delegada y de apoderamientos generales y revocación y modificación de los artículos 9 y 10 y supresión de los artículos 18 y 19 de los estatutos de Eusko Ikaskuntzaren Euskomedia FundazioaFundación Euskomedia Ikaskuntza, presentada por don Iñaki Arrieta Baro. Se ha adjuntado la documentación que obra en el expediente administrativo. Segundo Mediante escrito de fecha 27 de noviembre de 2014, desde el Registro de Fundaciones se requirió a la Fundación la subsanación del defecto observado en la documentación remitida, es decir, presentar doble copia autorizada de la Escritura Pública otorgada el día 30 de julio de 2014. Tercero Posteriormente el día 26 de diciembre de 2014 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia doble copia autorizada de la Escritura Pública de elevación a público de acuerdos de modificación de estatutos, constitución de Dirección Delegada y Revocación de Poderes, otorgada el día 30 de julio de 2014 por la Fundación, ante el Notario de San Sebastián, don Enrique García Jalon de la Lama, número 1097 de su protocolo. La referenciada Escritura pública incorpora Certificación expedida en Usurbil el día 21 de julio de 2014 por doña Idoia Goikoetxea Zabaleta, en su calidad de Secretaria del Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente de la reunión celebrada el día 21 de julio de 2014, en la que se adoptó, por unanimidad, entre otros, el acuerdo modificar los artículos 9 y 10 y supresión de los artículos 18 y 19 de los Estatutos de la Fundación. En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados. Cuarto El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración Pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de l