BOPV nº 174 · · Desarrollo Económico y Competitividad

RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2015, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial por la se otorga a Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A. la autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Lapuebla de Labarca (Álava).

N.º expediente: 01-CG0-2015-23/01-CG0-2015-52. En la resolución del expediente, es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Con fecha 13 de abril de 2015 D.ª. Elena Montero Luis, en nombre y representación de Gas Natural Rioja, S.A., solicita autorización administrativa y aprobación de la ejecución del proyecto de instalaciones correspondiente a la red de distribución de gas natural en el término municipal de Lapuebla de Labarca (Álava). Dos. Con fecha 15 de abril de 2015 se remite las separata del proyecto al ayuntamiento de Lapuebla de Labarca, al objeto de que en plazo de 20 días informen de su conformidad u oposición. Tres. El anuncio de 15 de abril para la concurrencia se publica con fecha 29 de abril de 2015 en el BOPV número 78, y con fecha 4 de mayo de 2015 en el BOTHA número 53. Cuatro. Con fecha 11 de mayo de 2015 el ayuntamiento de Lapuebla de Labarca manifiesta su conformidad con la autorización solicitada por Gas Natural Rioja, S.A. Cinco. Con fecha 13 de mayo de 2015 Wingas Distribuidora de Gas Natural, S.A. solicita autorización administrativa para la transmisión por parte de la sociedad Cepsa Comercial Petróleo, S.A. a Wingas, Distribuidora de Gas Natural, S.A de la instalación de distribución y suministro de GLP sita en Lapuebla de Labarca, y Autorización Administrativa para el cambio de tipo de gas combustible canalizado de GLP a gas natural. Dicha solicitud se acompañaba del acuerdo de compraventa de la red de distribución de GLP. Seis. A resultas de la solicitud presentada por Wingas Distribuidora de Gas Natural, S.A. en la fase de concurrencia, con fecha 25 de junio se remite al Ayuntamiento de Lapuebla de Labarca las separatas del proyecto presentado, sin que dicho organismo se haya pronunciado al respecto. La presente Resolución se basa en los siguientes: FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 190/2013, de 24 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV de 24-04-2013). La Ley 34/1998, de 7 de octubre (BOE de 08-10-1998), del Sector de Hidrocarburos, establece la exigencia de la autorización administrativa previa, para la construcción de redes de distribución de gas. El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre (BOE de 31-12-2002), que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. El Decreto 107/1998, de 9 de junio (BOPV de 26-06-1998) regula la autorización y puesta en servicio de instalaciones de servicio público de gas canalizado. Por los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Álava se han examinado los proyectos y demás documentación presentada por ambas empresas, concluyéndose que la mejor alternativa es la presentada por Win

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