BOPV nº 173 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad
RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2015 de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convocan ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para el ejercicio 2015.
Mediante la presente Resolución se da cumplimiento para el año 2015 a las previsiones contenidas en el Decreto 197/2008, de 25 de noviembre, por el que se regulan las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género (Boletín Oficial del País Vasco n.º 235, de 09122008). En términos generales no se reiterarán en esta Resolución los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las entidades que deseen presentarse a esta convocatoria de subvención. El Decreto 197/2008 regula las ayudas a procesos de cambio organizacional pro-equidad de género en las entidades vascas de cooperación al desarrollo a través de la financiación de Diagnósticos participativos de género y de Planes de Acción Estratégicos pro-equidad de género. Los procesos de cambio organización pro-equidad se definen como las actuaciones de reflexión en el seno organizacional que suponen transformar los modos de hacer y pensar existentes, con el objetivo de eliminar las desigualdades de género que se producen en todos los niveles de funcionamiento de la organización: estrategias, estructuras, sistemas de trabajo, políticas, cultura organizacional. El artículo 10 del citado Decreto, establece que la convocatoria de ayudas será realizada por el/la Consejero/a de Vivienda y Asuntos Sociales, indicando el importe destinado a la misma, así como la forma, el lugar y el plazo de presentación de solicitudes, criterios de baremación, formulario de solicitud y modelo de convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la entidad adjudicataria. En este caso, y por aplicación conjunta de las previsiones de los Decretos 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y Decreto 187/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, esa autoridad es la Secretaria General de Acción Exterior. Por su parte, el artículo 9 del citado Decreto dispone que el órgano gestor de las ayudas será la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, y el artículo 15 establece que será el Director o Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo el que resolverá la concesión o denegación de las ayudas solicitadas. En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y resoluciones que hayan de dictarse o convenios que hayan de formalizarse a tal efecto, la competencia corresponde a la Dirección de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; y artículo 11.1 del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo). Por último, indicar que la presente convocatoria rec
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