BOPV nº 170 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 16 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se convocan subvenciones a los centros de enseñanzas musicales.
Las enseñanzas musicales han sido y son el principal referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi por su tradicional implantación debida al especial atractivo que esta actividad ha suscitado en la ciudadanía y, muy especialmente, a la implicación que en su oferta han ejercido las Administraciones locales (ayuntamientos). En correspondencia a la importancia social que ostentan, al esfuerzo municipal y a la responsabilidad y competencias que le son propias en la formación de los ciudadanos y ciudadanas, también la Administración Educativa, ha dedicado una especial atención y recursos a su ordenación, planificación y financiación. Por otra parte, la iniciativa privada ha cubierto, también en circunstancias y ámbitos geográficos determinados, una función de acercamiento y difusión de estas enseñanzas a la sociedad. En esta línea, la dotación presupuestaria para estas enseñanzas pretende plasmar un proceso de normalización acorde con la implantación de las mismas en el País Vasco, tanto en lo referido a su distribución espacial como al equilibrio de las enseñanzas, sus niveles y especialidades impartidas y a impartir. Dentro de los centros de enseñanza musicales, la finalidad general de las escuelas de música es ofrecer una formación práctica en música y danza de raíz tradicional y orientar y preparar para los estudios profesionales a quienes demuestren una especial vocación y aptitud. Los conservatorios y centros autorizados contribuyen ofreciendo la enseñanza reglada. Así, la presente Orden, dirigida a los centros de enseñanzas musicales, por la que se convoca a estos centros a solicitar las subvenciones correspondientes, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de los mismos, y, en consecuencia, al cumplimiento de los objetivos expresados. Por todo lo cual, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2015, donde se asignan las partidas presupuestarias para ayudas a centros de enseñanzas musicales, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Convocar subvenciones para las Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre, para los conservatorios de titularidad municipal y para centros autorizados para la financiación de los costes de personal referidos al ejercicio económico de 2015. Artículo 2 Crédito disponible. La cuantía máxima destinada a este fin será de 8.629.962 euros, dividida en dos líneas subvencionales, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. a) 8.358.383 euros para centros de enseñanza musical con financiación municipal igual o superior al 25%. b) 271.579 euros para el resto de los centros. Artículo 3 Beneficiarios. Las subvenciones convocadas por la presente Orden y cuyo importe se consigna en el artículo 2.a) están dirigidas a los siguientes centros de música, a cuya financiación contribuyen las Administraciones Públicas Locales en un porcentaje igual o superior al
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