BOPV nº 170 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 119/2015, de 30 de junio, que regula las subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto del Decreto 119/2015, de 30 de junio, que regula las subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco, publicado en Boletín Oficial del País Vasco n.º 128, de 9 de julio de 2015, se procede a la reproducción íntegra del citado Decreto. Decreto 119/2015, de 30 de junio, que regula las subvenciones a fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco. El Estatuto de Autonomía de Gernika reconoce a la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre otras, las competencias exclusivas en materia de cultura y de fundaciones y asociaciones que desarrollen principalmente sus funciones en el País Vasco. Asimismo, del artículo 6 del Estatuto de Autonomía se deriva el mandato y habilitación competencial a nuestra Comunidad Autónoma para el desarrollo de proyectos, programas o actividades de fomento y promoción del euskera en cuanto lengua oficial propia de Euskadi. En el contexto de este marco competencial, corresponde a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, como uno de sus objetivos primordiales, la promoción de la cultura vasca entendida esta como comprensiva de todas aquellas manifestaciones culturales desarrolladas en Euskadi y, especialmente, de las que son expresión de nuestra propia identidad. El euskera y la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales y formas de realización, constituyen, pues, los elementos que aglutinan la esencia de nuestra idiosincrasia y corresponde al conjunto de la sociedad vasca, pero, sobre todo, a los poderes públicos y a esta Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi la responsabilidad de garantizar su pervivencia, difusión y promoción. Al logro de tal objetivo contribuye de manera significativa la promoción y difusión del estudio, la investigación y el desarrollo del pensamiento en todos sus ámbitos, entre los que cabe destacar el político, el social y el cultural. Por otra parte, corresponde también a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi la promoción, ayuda y coordinación de las fundaciones y asociaciones que desarrollan su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En este sentido, las fundaciones y asociaciones vinculadas a partidos políticos con representación en el Parlamento Vasco coadyuvan decididamente a la formación y desarrollo del pensamiento en el ámbito
Todo el BOPV del 8 de septiembre de 2015