BOPV nº 140 · · Medio Ambiente y Política Territorial
ORDEN de 22 de julio de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan, para 2015, ayudas para la financiación de actuaciones de conservación activa del Patrimonio Natural, Incluidas en acuerdos de custodia del territorio en el ámbito de la CAPV.
El artículo 11.1 del Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia para el desarrollo de la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de medio ambiente y ecología. Conforme al artículo 13.1 e) del Decreto 20/2012, de 17 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, esta competencia se ejerce a través del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial. El Gobierno Vasco, en sesión celebrada el 2 de diciembre de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo: «IV Programa Marco Ambiental, 2020», con el objetivo estratégico de Proteger, conservar y restaurar nuestro capital natural, preservando los servicios que nos aportan los ecosistemas, que a su vez se desglosa en 5 líneas de actuación y 16 actuaciones. Si bien la Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco no contiene previsiones concretas sobre la custodia del territorio, en la misma se indica que aporta un marco estable dentro del cual tanto la actividad de los distintos agentes privados como las políticas de los distintos ejecutivos que concurran en el ámbito espacial y temporal de su vigencia tienen cabida y pueden, y deben, contribuir a los objetivos que en ella se marcan. En los últimos tiempos se vienen implantando nuevos mecanismos e instrumentos para la conservación del Patrimonio Natural, entre los que se encuentra el mecanismo de los acuerdos de custodia del territorio para la conservación de la Biodiversidad. Otro de los objetivos relevantes de esta herramienta es promover la participación de otros actores (personas propietarias, sociedad civil organizada, ciudadanía o empresas privadas) en la conservación del Patrimonio Natural. Así, la Ley estatal 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad incluye, entre sus mecanismos, los acuerdos de custodia, estableciendo que las Administraciones Públicas fomentarán la custodia del territorio mediante acuerdos entre entidades de custodia y personas propietarias de fincas privadas o públicas que tengan por objetivo principal la conservación del Patrimonio Natural y la biodiversidad. La custodia del territorio adopta la forma de un acuerdo voluntario entre las personas propietarias o usuarias de los terrenos o titulares de derechos de aprovechamiento o uso de recursos naturales y las entidades de custodia. Debe establecer el plazo de vigencia, las actuaciones de conservación activa del Patrimonio Natural a realizar, los mecanismos de seguimiento y asesoramiento, así como el apoyo técnico y financiero. Las fincas objeto de un acuerdo de custodia del territorio pueden ser tanto de propiedad privada, como terrenos comunales de entidades locales, propiedad de empresas o terrenos sobre los que con independencia de su titularidad existen derechos de aprovechamiento de r
Todo el BOPV del 27 de julio de 2015