BOPV nº 136 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

DECRETO 139/2015, de 14 de julio, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Monumento, la casa-taller Zamacola, sita en Eibar (Gipuzkoa).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo desarrollo se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Por medio de la Resolución de 28 de noviembre de 2014, publicada en el BOPV n.º 233, de 5 de diciembre, se incoó y se acordó someter a los trámites de información pública y audiencia a los interesados el procedimiento para la declaración de la casa-taller Zamacola, sita en Eibar (Gipuzkoa), como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento. Abierto el trámite de información pública y audiencia a los interesados, no se han presentado alegaciones. En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 y 12 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, visto el informe favorable de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco, a propuesta de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 14 de julio de 2015, DISPONGO : Artículo 1 Declarar la casa-taller Zamacola, sita en Eibar (Gipuzkoa), Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento. Artículo 2 Establecer como delimitación del Bien la que consta en el anexo I del presente Decreto, en base a las razones esgrimidas en el mismo. Artículo 3 Proceder a la descripción formal del bien calificado a los efectos que la vigente legislación sobre Patrimonio Cultural prevé, en los términos expresados en el anexo II del presente Decreto. Artículo 4 Aprobar el régimen de protección de la casa-taller Zamacola, sita en Eibar (Gipuzkoa), que se establece en el anexo III del presente Decreto. DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura inscribirá la casa-taller Zamacola, sita en Eibar (Gipuzkoa), en el Registro de Bienes Culturales Calificados, adscrito al Centro de Patrimonio Cultural Vasco. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura comunicará el presente Decreto al Registro de la Propiedad, a los efectos previstos en el artículo 26 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, y lo notificará a los interesados, al Ayuntamiento de Eibar, a los Departamentos de Cultura, Turismo, Juventud y Deportes y de Movilidad y Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Gipuzkoa, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura instará al Ayuntamiento de Eibar para que proceda a la adecuación de la normativa urbanística municipal a las prescripciones del régimen de protección que se determina para dicho Monumento

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Publicación oficial en euskadi.eus

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