BOPV nº 126 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2015, del Director de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco, por el que se da publicidad al Protocolo para la Evaluación y Asignación de Complementos Retributivos Individuales del PDI de la UPV/EHU.

Exposición de motivos y marco legal La Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria regulaba la posibilidad de que se estableciesen complementos individuales para el profesorado de las Universidades. Partiendo de esta normativa el Consejo Social de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, de acuerdo con la Junta de Gobierno de la Universidad, estableció un sistema de complementos retributivos adicionales para el profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios en el año 1999. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades en sus artículos 55 y 69 establece la posibilidad de otorgar retribuciones adicionales ligadas a méritos individuales, dentro de los límites que fijen las Comunidades Autónomas, en convocatoria realizada por el Consejo Social, previa aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad. Posteriormente, el artículo 34 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, dispone que el Gobierno podrá establecer para el personal docente e investigador, funcionario y contratado, complementos retributivos, de acuerdo con los criterios que considere oportunos en torno a la docencia, la investigación y la gestión, entre los que se incluirán los méritos lingüísticos. Asimismo, dicho artículo señala que corresponde al Gobierno Vasco, a propuesta del departamento competente en materia de universidades, establecer los límites de dichas retribuciones de acuerdo con los criterios de eficacia y eficiencia, y al Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno de la universidad, acordar la asignación singular e individual de los mismos previa valoración de los méritos por la Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco (Unibasq). Para desarrollar esta disposición legal, se aprueba el Decreto 209/2006, de 17 de octubre, sobre complementos retributivos adicionales del personal docente e investigador de la UPV/EHU que establece el marco reglamentario del mismo. Tras la celebración de cuatro convocatorias y el análisis de sus resultados, y de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda del Decreto 209/2006, se inició la revisión del mismo, que da lugar al Decreto 64/2011. De acuerdo con lo previsto en la Ley 13/2012, la Agencia tiene expresamente atribuida, entre sus funciones, la de la evaluación de los méritos docentes, investigadores, de transferencia del conocimiento y de gestión, a los efectos de la asignación de los complementos retributivos previstos para el personal docente e investigador de la UPV/EHU. En ejercicio de esta competencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 b de los Estatutos de Unibasq corresponde a la Comisión Asesora la aprobación de los protocolos y criterios de evaluación a emplear por la agencia. Objeto de este protocolo El Programa de evaluación de complementos del PDI que desarrolla Unibasq, se refiere a la evaluación de la actividad docente, investigadora, de transferencia del conocim

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Publicación oficial en euskadi.eus

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