BOPV nº 126 · · Medio Ambiente y Política Territorial

ORDEN de 19 de junio de 2015, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones para la mejora de la información geográfica y realización de mapas municipales.

La presente Orden tiene por finalidad la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco con el objetivo de confeccionar mapas municipales mejorando la calidad de la información geográ?ca municipal. Esta Orden pretende potenciar y ampliar la recogida y digitalización de datos de interés general, sin perjuicio de la posterior impresión del mapa en soporte papel que pasa a ser opcional para los Ayuntamientos. En la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015, se ha habilitado crédito para esta finalidad. En su virtud, y de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 26 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno y en base a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 196/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial. DISPONGO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular la concesión de las subvenciones destinadas a cubrir los gastos derivados de la realización de un mapa digital, y además, opcionalmente en papel, del término municipal, que implique la recopilación, revisión y localización de todos los elementos que tradicionalmente se representan sobre un mapa topográfico, incluyendo además como mínimo la toponimia, el callejero y los servicios, instalaciones y elementos urbanos de interés público. La web municipal publicará esta información empleando su visor de mapas corporativo, o en su defecto, reutilizando el visor de mapas de www.geo.euskadi.net, el cual es responsabilidad de la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo y tiene la capacidad de ser incrustado dentro de la web municipal. Los elementos a recopilar y sus correspondientes formatos y requisitos, se especifican en los Requisitos técnicos de los trabajos subvencionados que se acompañan como anexo a la presente Orden y que regirán la ejecución de los trabajos. Artículo 2 Recursos económicos. A la financiación de la subvención que se convoca para este ejercicio 2015 se destinará la cantidad de 200.100 euros. Artículo 3 Tramitación electrónica. Las entidades interesadas podrán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos. La tramitación electrónica está regulada en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica y la Resolución de 9 de febrero de 2006, de la Directora de Informática y Telecomunicaciones, que aprueba la Plataforma Tecnológica para la E-Administración Platea. Las especificaciones de cómo tramitar, por canal electrónico, las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la sede electrónica (URL) https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2015/mapak/y22-izapide/es Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de mis gestiones (URL) https://euskadi.eus/mi

Todo el BOPV del 7 de julio de 2015

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV