BOPV nº 123 · · Educación, Política Lingüística y Cultura

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2015, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Conjunto Residencial Aguirre-Echeverría de Legazpi (Gipuzkoa).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta el Conjunto Residencial Aguirre-Echeverría de Legazpi (Gipuzkoa) y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Conjunto Residencial Aguirre-Echeverría de Legazpi (Gipuzkoa), conforme a la delimitación que figura en el anexo I, la descripción obrante en el anexo II, y el régimen de intervenciones que se incorpora en el anexo III. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del Conjunto Residencial Aguirre-Echeverría de Legazpi para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Legazpi y a los Departamentos de Cultura, Juventud y Deporte y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Diputación de Gipuzkoa, así como al Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de junio de 2015. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, JOSÉ ÁNGEL MARÍA MUÑOZ OTAEGI. ANEXO I DELIMITACIÓN a) Descripción. La delimitación del conjunto residencial Aguirre-Echeverría abarca toda la parcela original del mismo, con los siguientes límites: al Norte, con el jardín de la villa situada en Urola kalea 5 y con la parte de espacio verde público que se dispone ante ésta, constituyendo el trazado del muro (hoy parcialmente desaparecido), que separaba originalmente ambas villas, el límite efectivo de esta delimitación; al Oeste, con la calle Santikutz, constituyendo el trazado del muro (hoy desaparecido), que delimi

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