BOPV nº 120 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 24 de junio de 2015 de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se convocan para el ejercicio 2015 las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Durante el período 2007-2013, el marco comunitario de referencia en materia de ayudas a los productos pesqueros y acuícolas, para el período 2007-2013, ha sido el Reglamento (CE) n.º. 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Pesca (FEP), que establece como su objetivo principal el desarrollo sostenible de la política pesquera común, el cual puede lograrse a través de una multifinanciación comunitaria, centrada en las prioridades pertinentes enumeradas en el Reglamento, que crea el «Fondo Europeo de Pesca». En diciembre de 2007 se aprobó el Programa Operativo para el sector pesquero español, con el consenso de todas las Comunidades Autónomas afectadas por estas medidas estructurales, el cual incorpora los 5 ejes prioritarios del Fondo Europeo de Pesca y formula la estrategia global para la programación del sector pesquero durante el período 2007-2013. En el año 2009, se aprobó, a su vez, el Plan Estratégico de Pesca de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2009-2013. Sin perjuicio de la nueva normativa a través del Reglamento FEMP Fondo Europeo Marítimo y de Pesca resulta todavía de aplicación y es posible imputar determinadas ayudas FEP Fondo Europeo de Pesca durante los años 2014 y 2015, en las siguientes líneas: paralización definitiva de buques pesqueros, Inversiones a bordo de los buques pesqueros y selectividad, Compensaciones socioeconómicas, Acuicultura, Acciones colectivas, Desarrollo de nuevos mercados, campañas de promoción y proyectos piloto. A través de la presente Orden se procede a abrir el plazo de presentación de solicitudes de las citadas ayudas reguladas en el Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio de 2006, en atención al principio de aplicación directa y obligatoria en toda la Unión Europea de los Reglamentos comunitarios, que no necesitan de transposición en los Estados miembros. En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que le atribuye el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo, 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobados para 2015, En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente Orden convocar para el ejercicio 2015 algunas de las ayudas al sector pesquero y acuícola, previstas en el Reglamento (CE) n.º 1198/2006, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca. Segundo Personas beneficiarias. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas convocadas en la presente Orden, en función de la modalidad de ayuda, las personas físicas y jurídicas,
Todo el BOPV del 29 de junio de 2015