BOPV nº 112 · · Administración Pública y Justicia
DECRETO 84/2015, de 9 de junio, por el que se establece el nuevo dominio de Internet de nivel superior «euskadi.eus».
La evolución de las tecnologías de la información y la comunicación conlleva una nueva forma de relación entre la Administración Pública y la ciudadanía, principalmente a través de Internet. Ello implica que, a nuestros efectos, el dominio que identifica el portal institucional de la Administración Pública vasca sea determinante para configurar en gran medida la imagen del País Vasco dentro y fuera de su ámbito geográfico. Con esta perspectiva, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de julio de 2014 se aprobó, como primer contenido de su parte dispositiva, llevar a cabo el progresivo traspaso del portal común «euskadi.net» al nuevo portal «euskadi.eus», como modelo de presencia en Internet de la Administración Pública y las sociedades públicas que integran el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, conforme dispone el Decreto 108/2004, de 8 de junio, del modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet. Para poder llevar a efecto este importante cambio, no sólo hay que aprobar y poner en funcionamiento el nuevo dominio de Internet de nivel superior «euskadi.eus», sino que además hay que tener en cuenta que en la normativa reglamentaria vigente se cita el nombre del dominio de Internet de nivel superior como «euskadi.net» en diversas disposiciones y para distintos contenidos, según los objetos regulados en cada caso. Así ocurre fundamentalmente con los tres decretos aprobados en los últimos años para introducir en la actuación de nuestra Administración Pública las nuevas tecnologías de la información y comunicación derivadas del despliegue de Internet. En primer lugar, hay que aludir al citado Decreto 108/2004, de 8 de junio, del modelo de presencia de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet, que, para establecer dicho modelo y la estructura organizativa encargada de su gestión, se refiere hasta en diecisiete ocasiones al nombre del dominio «euskadi.net». Se optó entonces por concretar de esta forma la designación que identificaba el sitio web registrado en ese momento, en lugar de haber utilizado una referencia más genérica y dinámica, en previsión de futuros cambios del nombre del dominio por el Gobierno Vasco. En segundo lugar, como consecuencia de esta concreción, el Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece la publicidad de su contenido mediante la edición electrónica que se indicaba en el párrafo 1 de su artículo 3, ubicada en «www.lehendakariordetza.ejgv.euskadi.net». Y en tercer lugar, el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica, siguiendo con la misma concreción, estableció en el párrafo 5 de su artículo 7 que la dirección de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi es «https://euskadi.net/». En este último Decreto se regula también el registro electrónico en su artículo 21, optando en cambio en esta materia por evitar su identificació
Todo el BOPV del 17 de junio de 2015