BOPV nº 97 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 30 de abril de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos y refundición de los estatutos de la «Fundación Escuela de Artes y Oficios de Vitoria-Gasteiz».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 24 de abril de 2015 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación) de los estatutos de la «Fundación Escuela de Artes y Oficios de Vitoria-Gasteiz». Junto a la solicitud se ha presentado copia autorizada de la Escritura Pública de elevación a público de acuerdos, otorgada el día el día 14 de enero de 2000 por la Fundación Escuela de Artes y Oficios de Vitoria-Gasteiz, el Notario de Bilbao, don Fernando Ramos Alcázar, número 174, de su protocolo. La referenciada Escritura pública incorpora Certificación expedida en Vitoria-Gasteiz el día 09 de diciembre de 1999, por don José Ignacio Martínez de Arbulo, en su calidad de Secretario del Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente de la reunión celebrada el día 01 de diciembre de 1999, en la que se adoptó, el acuerdo de modificar los Estatutos de la Fundación. En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados, así como la refundición de los mismos. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Tercero Mediante Resolución de 29 de abril de 2015, de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, en su función