BOPV nº 74 · · Educación, Política Lingüística y Cultura
ORDEN de 22 de abril de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se aprueba y da publicidad a los impresos para solicitar por los centros, con concierto educativo vigente, la determinación del número de aulas a concertar para el curso escolar 2015-2016 así como al calendario de presentación de solicitudes.
El Decreto 293/1987, de 8 de septiembre, que aprobó el Reglamento de Conciertos Educativos, establece en sus capítulos II y VI el procedimiento de suscripción y renovación de Conciertos Educativos. La Orden de 16 de mayo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, modificada mediante la orden de 21 de mayo de 2014, regula las condiciones de suscripción y renovación de Conciertos Educativos para los cursos escolares 2012-2013, 2013-2014, 2014-2015 y 2015-2016. El artículo 11 de dicha Orden, establece que anualmente se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco una Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura en la que se determinarán los calendarios e impresos de solicitud. En cuanto a la Formación Profesional Básica no es objeto de regulación en la presente convocatoria al hallarse en tramitación el Decreto de ordenación e implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Euskadi que tiene por objeto la ordenación de los aspectos específicos de las enseñanzas de la Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Euskadi. En este contexto la convocatoria para la suscripción del concierto de la Formación Profesional Básica y la determinación de unidades a concertar se realizará de forma separada una vez haya sido aprobado el Decreto arriba citado que regula dicha enseñanza. Por todo ello y siendo preciso proceder a la determinación de las aulas a concertar para el curso escolar 2015-2016. RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Aprobar y dar publicidad a los impresos para solicitar por los centros con concierto educativo vigente la determinación del número de aulas a concertar para el curso escolar 2015-2016. Artículo 2 Solicitudes. Aprobar y dar publicidad al calendario de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes para la concertación del curso escolar 2015-2016 de las enseñanzas de Educación Infantil (2.º ciclo), Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. El plazo de presentación de solicitudes para la concertación del curso escolar 2015-2016 de las enseñanzas de Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio, Ciclos Formativos de Grado Superior y Educación Especial 2 FP finalizará el 6 de julio de 2015. Formalización de solicitudes Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través de la aplicación informática de Conciertos Educativos del Departamento de Educación, Política lingüística y Cultura. Las especificaciones sobre la presentación de solicitudes y resto de trámites relativos a la presente convocatoria están disponibles en la sede electrónica del Gobierno Vasco, en la siguiente dirección: https://euskadi.eus/agrupacion_servicios/2015/itunak/y22-izapide/es En el caso de imposibilidad técnica o material debida a la sede electrónica del Gobierno Vasco, los centros podrán presen
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