BOPV nº 73 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 18 de marzo de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 19 bis.2 de los estatutos de la «Fundación Jose Domingo Epelde - Jose Domingo Epelde Fundazioa».

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 20 de noviembre de 2014 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la variación en el seno del Patronato y modificación del artículo 19 bis de los estatutos de la Fundación José Domingo Epelde Jose Domingo Epelde Fundazioa, presentada por don Miguel Fernández de Antona Lope, Gerente de la Fundación. Junto a la solicitud se ha presentado copia simple de la Escritura Pública de elevación a público de acuerdos de la Fundación, relacionado con el cese y nombramientos de miembros de la Comisión Ejecutiva y de la Junta del Patronato y modificación del artículo 19 bis.2 de los Estatutos Sociales, otorgada el día 14 de noviembre de 2014 por don Jesús María Artola Ibarguren, Presidente de la Fundación, ante el Notario de Zarautz, don Ángel María Moreno Gallego, número 977 de su protocolo. La referenciada Escritura pública incorpora Certificación expedida en Zarautz el día 20 de octubre de 2014 por don Sergio Ceberio Yarza, en su calidad de Secretario del Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente de la reunión celebrada el día 02 de julio de 2014, en la que se adoptó, por unanimidad, entre otros, el acuerdo modificar el artículo 19 bis.2 de los Estatutos de la Fundación. Segundo Mediante escrito de fecha 17 de febrero de 2015, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 16 de marzo de 2015 en el Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia de la Escritura de subsanación otorgada por la Fundación el día 10 de marzo de 2015 ante el Notario de Zarautz, don Ángel María Moreno Gallego, número 144 de su protocolo. Tercero El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Seg

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