BOPV nº 67 · · Desarrollo Económico y Competitividad
ORDEN de 1 de abril de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, de modificación de la Orden de 26 de marzo de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regulan ayudas a entidades capacitadas para poner en marcha un programa de becas para que jóvenes con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior puedan realizar prácticas en empresas y organismos en el extranjero, denominadas becas «Global Training».
La Orden de 26 de marzo de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, publicada en el BOPV n.º 64, de 2 de abril de 2014, regula ayudas a entidades capacitadas para poner en marcha un programa de Becas para que Jóvenes con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior puedan realizar Prácticas en Empresas y Organismos en el Extranjero, denominadas Becas «Global Training». La finalidad de esta Orden es potenciar la movilidad transnacional de los/las jóvenes de la CAPV para realizar actividades y proyectos relacionados con su perfil académico y profesional en empresas y organizaciones de países extranjeros con un plan de formación práctica previamente planificado, capacitándolos para su incorporación al mercado de trabajo, puesto que tanto el desarrollo de la Estrategia Europea 2020 de crecimiento inteligente, sostenible y solidario, como el impulso en la internacionalización de la economía vasca requerirán jóvenes con cualificaciones de alto nivel y que gran parte de la adquisición de competencias se realizará a través de la educación no formal, con especial énfasis en lo que se refiere a movilidad internacional, voluntariado, aprendizaje práctico en entornos reales de trabajo y participación activa de los jóvenes. La citada Orden de 26 de marzo de 2014 derogó la Orden de 10 de abril de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, implantando un sistema de resolución de los expedientes de solicitud de las ayudas de concurrencia competitiva, en vez de secuencial como se disponía en la norma derogada. La experiencia de la convocatoria transcurrida, confirma el concursal como procedente procedimiento de resolución, pero revela la necesidad de redefinir con transparencia y claridad los criterios de valoración y factores de Ponderación fijados en la Orden que se anexarán a la resolución anual de convocatoria. Y en virtud de ello DISPONGO : Artículo primero Se modifica el artículo 1, objeto, de la Orden de 26 de marzo de 2014, por la que se regula ayudas a entidades capacitadas para poner en marcha un programa de Becas para que Jóvenes con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior puedan realizar Prácticas en Empresas y Organismos en el Extranjero, denominadas Becas «Global Training», quedando redactado en los siguientes términos: Es objeto de esta Orden la regulación del régimen de concesión de subvenciones a fondo perdido a entidades que colaboren en la gestión del programa de Becas "Global Training", de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuya finalidad es la formación práctica de jóvenes vascos con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior en empresas y organismos en el extranjero. Dicha colaboración deberá concretarse en facilitar los procesos de convocatoria y selección de candidatos a las becas y de las empresas donde materializar las prácticas, de formación y atención y seguimiento de los becado
Todo el BOPV del 13 de abril de 2015