BOPV nº 51 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 23 de febrero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 5 (domicilio) de los estatutos de la «Elkar Fundazioa».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha de 4 de febrero de 2015 ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación del artículo 5 de los Estatutos de la «Elkar Fundazioa» suscrita por D. Miguel Gotzon Arrizabalaga Aizpurua, en calidad de patrono de la Fundación. Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la escritura pública de traslado de domicilio social y modificación de artículo estatutario otorgada el día 21 de enero de 2015 por D. Juan Jaca Auzmendi, en nombre y representación de «Elkar Fundazioa» y en calidad de la Fundación, ante el Notario de San Sebastián, D. José-Carlos Arnedo Ruiz como sustituto y para el protocolo de su compañero de igual residencia D. Diego-María Granados De Asensio. La referenciada escritura pública incorpora certificación expedida en San Sebastián el día 19 de diciembre de 2014, por D. Juan Jaca Auzmendi, Secretario del Patronato con el visto bueno de su Presidente, D. José María Sors Bagües, de la reunión del Patronato celebrada en igual fecha al de la certificación en la que se adoptó por unanimidad, entre otros, el acuerdo de trasladar el domicilio social de la Fundación y consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos de la Fundación. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos de la Unidad de Registro, Asesoramiento y Control de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Al presente expediente de aprobación de modificación estatutaria y ulterior inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en el artículo 31 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, así como en el artículo 44 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, apro