BOPV nº 46 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 6 de febrero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la donación recibida y el incremento de la dotación de «Derandein Fundazioa».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 23 de enero de 2015, ha tenido entrada en el Registro General del Departamento de Administración Pública y Justicia, escrito de la Notaria de don Juan Ignacio Gomez Villa, por lo que comunica la donación recibida durante el año 2014 por «Derandein Fundazioa». A la solicitud se adjunta la siguiente documentación: Doble copia autorizada de la Escritura Pública de aceptación de donación otorgada el día 16 de enero de 2015, por don Eneko Caballero Laskibar, Secretario de «Derandein Fundazioa», ante el Notario de Bilbao don Juan Ignacio Gomeza Villa, n.º 69 de su protocolo. En la citada Escritura Pública se incorpora certificado expedido en Santurtzi por, don Eneko Caballero Laskibar, Secretario de la Fundación con el visto bueno de su Presidente de la reunión celebrada el día 10 de diciembre de 2014 en la que se acuerda por unanimidad aceptar la donación realizada durante el ejercicio 2014, a favor de la entidad por parte de la mercantil «Inversiones Ergoien, S.L.,» por un importe de cuarenta y cinco mil (45.000) euros y afectar y destinar la donación en aplicación de lo dispuesto en los Estatutos de la Fundación a dotación o patrimonio estable de la misma. Segundo El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos de la Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos. Segundo Se cumple con la documentación presentada lo dispuesto en la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 100/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Protectorado de Fundaciones del País Vasco, y demás normas de pertinente aplicación. Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación. RESUELVO : Primero Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco en la hoja abierta a Derandein Fundazioa