BOPV nº 46 · · Administración Pública y Justicia

ORDEN de 15 de enero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se da por finalizado el proceso de liquidación de la «Fundación Rafael Escolá», y se ordena la cancelación de su hoja registral.

Visto y examinado el expediente para la liquidación de la «Fundación Rafael Escolá» de Bilbao, sobre la base de los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO Primero Por Orden de 15 de diciembre de 2014, del Consejero del Departamento de Administración Pública y Justicia se ha acordado: Ratificar el acuerdo del Patronato de la Fundación Rafael Escolá y de destino del líquido resultante de la liquidación fundacional adoptado por el Patronato de la misma en su reunión de 29 de octubre de 2014, y que ha sido elevado a público en fecha 24 de noviembre de 2014 mediante Escritura notarial autorizada por el Notario de Bilbao, don Alfonso Batalla de Antonio, número 1.758 de su protocolo. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco del Acuerdo de extinción mencionado anteriormente. Segundo El 16 de diciembre de 2014 ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Administración Pública y Justicia de elevación a público de los acuerdos sociales de liquidación y adjudicación del haber de la Fundación Rafael Escolá otorgada el 15 de diciembre de 2014 por don Fernando Querejeta San Sebastián, ante el Notario de Bilbao, don Alfonso Batalla de Antonio, numero 1.874 de protocolo. Tercero La citada Escritura Pública incorpora certificación expedida en Zaragoza, el 10 de noviembre de 2014, por don Antonio Bentué Gutiérrez, Secretario del Patronato de la Fundación, con el visto bueno del Presidente, don Fernando Querejeta San Sebastián, del acta de la reunión del Patronato celebrada el 10 de noviembre de 2014, en la que se adoptaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Aprobar el Balance de liquidación de la Fundación, así como el Informe de Operaciones de liquidación realizadas. Aprobar las operaciones de liquidación de la Fundación, tras la ejecución del programa de liquidación aprobado, una vez pagadas las cantidades determinadas a la Fundación Escuela de Ingenieros de Bilbao. Tener por finalizado el Procedimiento de Liquidación de la Fundación, tras hacer ejectuado el acuerdo del destino de los bienes de la Fundación. La Escritura Pública incorpora el Informe de operaciones de realización de los bienes y liquidación de la Fundación Rafael Escolá. Asimismo, se incorpora la justificación del destino del remanente resultante de la liquidación fundacional. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, su

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