BOPV nº 41 · · Medio Ambiente y Política Territorial
RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2015, de la Directora de Administración Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de adaptación de servidumbres y tala de arbolado de la línea eléctrica a 132 kV, DC, ST Ormaiztegi-ST Hernani y sus derivaciones, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. en los términos municipales de Ormaiztegi, Idiazabal, Beasain, Olaberria, Lazkao, Ordizia, Arama, Altzaga, Itsasondo, Legorreta, Ikaztegieta, Tolosa, Alegia, Altzo, Hernialde, Anoeta, Urnieta, Irura, Villabona, Aduna, Andoain y Hernani (Gipuzkoa).
De conformidad con la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, los proyectos contemplados en el apartado B) de su anexo I quedan sometidos al procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental, que culmina en una Declaración de Impacto Ambiental a formular con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización de los citados proyectos. Iniciado el procedimiento de autorización del proyecto de adaptación de servidumbres y tala de arbolado de la línea eléctrica aérea de 132 kV, denominada Ormaiztegi-Hernani y derivaciones, promovido por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. y resultando de aplicación lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, como en el Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, se han formalizado en relación con el mismo, entre otros, los trámites que a continuación se relacionan: Determinación del alcance del estudio de impacto ambiental. Con fecha 9 de julio de 2012 la Viceconsejería de Medio Ambiente dio inicio al trámite de consultas previsto en el artículo 8.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Dicho trámite culminó con la emisión por parte del órgano ambiental, en fecha 11 de septiembre de 2012, del informe sobre el alcance y la amplitud del estudio de impacto ambiental. Trámite de información pública. El órgano competente sometió el proyecto y el correspondiente estudio de impacto ambiental al trámite de información pública (Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 25, de 7 de febrero de 2014 y Boletín Oficial del País Vasco n.º 26, de 7 de febrero de 2014). Trámite de audiencia. El órgano competente sometió el proyecto y el estudio de impacto ambiental al trámite de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas. Remisión del expediente y solicitud de Declaración de Impacto Ambiental. Con fecha 16 de enero de 2015, la Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial del Gobierno Vasco remitió parte del expediente a la Viceconsejería de Medio Ambiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, completando la solicitud para la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental con fecha 16 de febrero de 2015. Examinada la documentación técnica y los informes que se hallan en el expediente del proyecto de referencia, y a la vista de que el estudio de impacto ambiental resulta correcto y se ajusta a los aspectos previstos en la normativa en vigor, la Dirección de Administración Ambiental, órgano competente para el dictado de la presente De
Todo el BOPV del 2 de marzo de 2015