BOPV nº 32 · · Administración Pública y Justicia
ORDEN de 15 de enero de 2015, del Consejero de Administración Pública y Justicia, por la que se aprueba y se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos 9 y 10 de los estatutos de la «Fundacion Residencia San Miguel-Mikel Deuna Egoitza Fundazioa».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 19 de mayo de 2014, ha tenido entrada en el Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la variación en el seno del Patronato y modificación de los artículos 9 y 10 de los estatutos de la Fundación Residencia San Miguel-Mikel Deuna Egoitza Fundazioa, presentada por doña Aintzane Urigüren Arana Directora de la Fundación. Junto a la solicitud se ha presentado doble copia autorizada de la Escritura Pública de elevación a público de acuerdos sociales, relacionados con el cese de miembro de Patronato, notificación y modificación parcial de los Estatutos Sociales, otorgada el día 30 de abril de 2014, por don José Ignacio Palenzuela Arrieta, Presidente del Patronato de la Fundación, ante el Notario de Elgoibar, don Jorge Aramburu Soraluce, número 356 de su protocolo. La referenciada Escritura pública incorpora Certificación expedida en Mutriku el día 30 de abril de 2014 por doña Miren Josebe Pazos Urreizti, en su calidad de Secretaria del Patronato de la Fundación con el visto bueno de su Presidente de la reunión celebrada el día 19 de marzo de 2013, en la que se adoptó, por unanimidad, entre otros, el acuerdo modificar los artículos 9 y 10 de los Estatutos de la Fundación. En el cuerpo de la Escritura se recoge la nueva redacción íntegra de los artículos modificados. Segundo Mediante escrito de fecha 18 de julio de 2014, el Registro de Fundaciones requirió a la Fundación la subsanación de los defectos observados, teniendo entrada el 23 de diciembre de 2014 en el Departamento de Administración Pública y Justicia, doble copia de la Escritura de subsanación de otra otorgada el día 18 de septiembre de 2014 ante el Notario de Elgoibar, don Jorge Aramburu Soraluce, número 761 de su protocolo. Tercero El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes, FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde al Consejero de Administración pública y Justicia dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 101/2007, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 4.1.a) del Decreto 100/2007, de 19 de junio, que aprueba el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, el Decreto 188/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Pública y Justicia, y el Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinació