BOPV nº 20 · · Hacienda y Finanzas

DECRETO 4/2015, de 20 de enero, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2015.

La lenta salida de la crisis económica que parece atisbarse actualmente, y con visos de continuar durante el año que viene en virtud de las previsiones de una gran mayoría de analistas económicos, se acompaña tanto de una mejora relativa en el acceso a diversas fuentes de financiación como de las condiciones de las mismas para el conjunto de agentes económicos. Sin embargo, esa mejoría, cuyo mayor exponente ha sido la fuerte reducción acontecida a lo largo de este año en las primas de riesgo asociadas a la deuda estatal y autonómica, no se ha traslado en proporciones similares a las condiciones de financiación a las que pueden acceder pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas sí habiéndolo hecho, en cambio, el colectivo de grandes empresas. Por ello, aun siendo conscientes de esa importante mejoría acontecida en el acceso a las diferentes fuentes de financiación que se espera, además, tenga continuidad en el tiempo por la fuerte implicación del Banco Central Europeo en esta materia, se considera que la situación de incertidumbre asociada a la propia crisis económica aconseja mantener vigente al menos el próximo año un programa de apoyo a la financiación de circulante a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas, del mismo tenor que los que han venido materializándose desde el año 2009. Dada la importancia de este colectivo de agentes económicos en el tejido empresarial, sus evidentes implicaciones en el conjunto de la actividad productiva y su menor capacidad de acceso a los mercados de financiación mayorista o a las líneas de las entidades de crédito se sigue considerando necesario arbitrar, un mecanismo que, de forma coyuntural, alivie las necesidades de financiación de dichos colectivos. La ayuda de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la instrumentación de este Programa de Apoyo Financiero, al igual que el año anterior, se va a basar en el reafianzamiento parcial de las operaciones de financiación que se concierten a su amparo. La base legal para ello radica en el artículo 9 de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015. El presente Programa de Apoyo Financiero estará dotado con un máximo de 600 millones de euros en préstamos a formalizar y tendrá por objeto atender las necesidades de liquidez y financiación de circulante de las pyme, personas empresarias individuales y profesionales autónomas. Con tal fin, el presente Decreto regula las condiciones de acceso al programa, las empresas y personas beneficiarias, la disponibilidad de los recursos y las condiciones que regirán los préstamos. También comprende el procedimiento de tramitación ante las Sociedades de Garantía Recíproca y las Entidades Financieras colaboradoras de las solicitudes de financiación. El Decreto contempla también la posibilidad de suscribir Convenios

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Publicación oficial en euskadi.eus

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